"La justicia a través del juzgado Nacional de primera
instancia número 53 dio Sentencia que dicta una medida cautelar en el
juicio "ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES C/ DIWAN FUCCI PRODUCCIONES
ARTISTICAS S.RL S/ JUICIO SUMARISIMO", productores del espectáculo
STRAVAGANZA. Se preservan así los derechos de actores y bailarines de
las obras que produce la productora demandada; resuelve intimar a la
empresa a suscribir los contratos de trabajo en el marco del CCT Nro:
307/73 de teatro y proceder en la forma prevista en el convenio
suscripto entre AAA y AADET.La medida cautelar se fundamenta en el derecho vigente que
impide que los empleadores modifiquen el encuadramiento sindical y
convencional de los trabajadores, asimismo reconoce el fallo que no
existe ninguna razón en este caso para obligar a los actores y
bailarines a firmar contratos por medio de otro Sindicato y se condena
DIWAN a cumplir sus obligaciones, respetando las condiciones laborales
vigentes hasta la fecha del cambio unilateral e ilegal de la empresa.Esta Sentencia recepta la posición de la ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES, que desde
el inicio del conflicto ha sostenido con sólidos argumentos, la defensa
del derecho adquirido de sus representados, que no pueden ser
discriminados, ni corresponde que ninguna productora, abusando de su
poder, les rebaje sus salarios, los encuadre en otro sindicato y
convenio colectivo de trabajo; como tampoco es lícito que se prive a
los actores de los beneficios de su Obra Social de Actores (OSA), obra
social solidaria, que la empresa demandada, además pretende desfinanciar
reteniendo indebidamente los aportes que legalmente corresponde.Esperamos que esta Sentencia sea cumplida, en caso contrario, como
dice la resolución judicial; la empresa incurre en el delito de
desobediencia, delito previsto en el artículo 239 del Código Penal."
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